Legalización, control de fugas y mantenimiento de secadores frigoríficos

Los secadores frigoríficos instalados podrían no estar cumpliendo con el Reglamento de Seguridad de Instalaciones de Refrigeración (R.D. del BOE 552/2019) debido a las nuevas obligaciones que éste impone. En caso de que a fecha de 2 de enero de 2023 su instalación no cumpla con las nuevas obligaciones, sus clientes podrían sufrir sanciones por parte de los organismos pertinentes.

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Gama secadores de aire PLX

¿Cuáles son estas nuevas obligaciones?

El reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas exige una serie de procedimientos que nos afectan a fabricantes, comercializadores, instaladores, mantenedores, usuarios y administración, algunos de los cuales deben quedar documentados. Y son las siguientes:

  • Todos los equipos con más de 2,5 Kg de refrigerante del tipo L1, el habitual en sus equipos de refrigeración, deben registrarse en el órgano competente en materia de industria.
  • Todos los equipos deberán estar correctamente mantenidos según las indicaciones del fabricante por empresa frigorista autorizada inscrita en el Registro Integrado Industrial
  • Los equipos que contengan una cantidad de refrigerante superior a 5 toneladas de CO2 equivalente (GWP) deberán ser sometidos al control periódico de fugas

¿Qué equipos se encuentran dentro de esta categoría?

  • Gama de secadores frigoríficos a partir del modelo PLX 240 (Incluido)

Desde nuestra posición de fabricante y mantenedor ponemos a su disposición todos los servicios necesarios para el cumplimiento de la legislación vigente.